Artículo 176. Extinción de la responsabilidad disciplinaria.
Redacción vigente desde el 20/05/2021
La responsabilidad disciplinaria se extingue por alguna de las siguientes causas:
a) Cumplimiento de la sanción.
b) Fallecimiento.
c) Prescripción de la falta o de la sanción.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
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