Artículo 29. Creación, modificación y supresión de cuerpos, escalas y agrupaciones profesionales funcionariales de la Administración de la Generalitat.
Redacción vigente desde el 20/05/2021
Los cuerpos y escalas del personal funcionario, así como las agrupaciones profesionales funcionariales, de la Administración de la Generalitat, se crean, modifican y suprimen por ley de las Corts Valencianes, que determinará los siguientes extremos:
a) Denominación.
b) Escalas incluidas, si procede.
c) Grupo o subgrupo de clasificación profesional.
d) Titulación o titulaciones exigidas para el acceso al cuerpo o escala.
e) En su caso, otros requisitos de acceso.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
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