Artículo 51. Inventario Español de Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales.
Redacción vigente desde el 22/09/2015
1. Dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, con carácter administrativo y ámbito estatal, se crea el Inventario Español de Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, incluido en el Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que se instrumentará reglamentariamente.
2. A efectos de homologación y del cumplimiento de los compromisos internacionales en la materia, los espacios naturales inscritos en el Inventario Español de Espacios Naturales Protegidos se asignarán, junto con su denominación original, a las categorías establecidas internacionalmente, en especial por la Unión Internacional para la Naturaleza (UICN).
3. Las Comunidades autónomas facilitarán la información necesaria correspondiente para mantener actualizado el Inventario.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.