Artículo 24. Definición de centros de asistencia e integración a los drogodependientes.
Redacción vigente desde el 28/07/2002
Los centros de asistencia e integración a los drogodependientes serán aquellos tanto públicos como privados, que realicen actuaciones específicas sobre la condición de drogodependiente y con el objetivo último de proporcionar un programa terapéutico dirigido a eliminar su adicción, normalizar su conducta y conseguir su integración social.
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