Artículo 44. Del Organismo autónomo competente sobre las Drogodependencias y otros Trastornos Adictivos.
Redacción vigente desde el 28/07/2002
El Organismo competente en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos en la Comunidad de Madrid será la Agencia Antidroga, a la que corresponde de acuerdo con la Ley de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid la ejecución de la política en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos, y cuya creación y competencias se encuentran reguladas en la Ley 11/1996, de 19 de diciembre. Este Organismo establecerá los mecanismos de colaboración y cooperación necesarios con otros órganos de la Consejería de Sanidad, del Gobierno de Madrid y de otras Administraciones para la consecución de los objetivos enunciados en esta Ley.
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