Artículo 69. Indemnizaciones por razón del servicio.
Redacción vigente desde el 14/12/2023
El personal funcionario percibirá las indemnizaciones por razón del servicio en los términos y condiciones que reglamentariamente se determinen. Sus tipos y cuantías serán únicos por cada concepto para todo el personal.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.