Disposición adicional decimotercera. Cuerpo Superior Facultativo, especialidad Arqueología.
Redacción vigente desde el 14/12/2023
1. Se crea dentro del Grupo A, Subgrupo A1, del Cuerpo Superior Facultativo, la especialidad de Arqueología, para ejercer las funciones y tareas técnicas e inspectoras vinculadas a la tutela del patrimonio histórico de naturaleza arqueológica.
2. Para el ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, especialidad Arqueología, será necesario estar en posesión de las titulaciones establecidas en la disposición adicional quinta.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.