1. De acuerdo con lo establecido en el Estatuto de Autonomía, la responsabilidad penal de las personas titulares de las Consejerías será exigible ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. No obstante, para los delitos cometidos en el ámbito territorial de su jurisdicción, será exigible ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
2. Ante los mismos Tribunales expresados en el apartado anterior, respectivamente, será exigible la responsabilidad civil en que las personas a las que se refiere hubieran incurrido en el ejercicio de su cargo.
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