El ayuntamiento, si procede, puede acordar la exclusión de la aplicación de estas disposiciones, y revisar su decisión en un periodo de 5 años. Como también regular reglamentariamente la aplicación de los artículos 11, 22.1, 23.1 y 23.4, 54.3, 57 bis y 58.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.