En el marco de lo dispuesto en el artículo 44 del Estatuto de Autonomía de Aragón, la Administración de la Comunidad Autónoma y las Diputaciones Provinciales de Huesca, Teruel y Zaragoza ajustarán sus relaciones recíprocas a los principios de información mutua, colaboración, coordinación y respeto a los ámbitos competenciales respectivos.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).