Disposición final tercera. Actualización de las cuantías de las sanciones.
Redacción vigente desde el 20/04/2011
El Consejo de Gobierno podrá actualizar mediante índices oficiales o revisar mediante criterios de oportunidad debidamente justificados los importes de las sanciones contemplados en la presente Ley.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.