La organización de los municipios canarios se regirá por el siguiente orden jerárquico:
1.º La legislación básica en materia de régimen local.
2.º La presente ley.
3.º Los reglamentos orgánicos que aprueben los respectivos Ayuntamientos.
4.º Las disposiciones reglamentarias que el Gobierno de Canarias dicte en desarrollo de esta ley.
5.º La legislación no básica del Estado en materia de régimen local.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE