Disposición adicional decimocuarta. Ejecución de sanciones pecuniarias municipales mediante trabajos en beneficio de la comunidad vecinal.
Redacción vigente desde el 14/06/2015
En el ejercicio de la potestad sancionadora y atendiendo a los principios generales e informadores del derecho sancionador, los municipios, a través de la correspondiente ordenanza, podrán posibilitar la sustitución de las multas impuestas por infracciones administrativas, por la ejecución de trabajos en beneficio de la comunidad vecinal.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
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