Las autoridades competentes para imponer sanciones por infracciones previstas en la presente ley serán:
a) Para la imposición de sanciones por infracciones leves, el órgano directivo competente en materia de igualdad de género de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
b) Para la imposición de sanciones por infracciones graves, el departamento competente en materia de igualdad de género de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
c) Para la imposición de sanciones por infracciones muy graves, el Gobierno de Aragón.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).