Artículo 125. La reversión y retasación de los bienes y derechos expropiados por razón de urbanismo.
Redacción vigente desde el 23/12/2021
Para la determinación de los supuestos en los que proceda la reversión y retasación de los bienes y derechos expropiados por razón de urbanismo se estará a lo establecido en la legislación estatal.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
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