Artículo 17. Integración del enfoque de interseccionalidad.
Redacción vigente desde el 26/04/2023
1. La Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja integrará el enfoque de interseccionalidad en el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas, especialmente en las de inclusión social, visibilizando y atendiendo a la pluralidad de los desarrollos identitarios de las mujeres y a las situaciones de discriminación múltiple por diversas razones, entre otras, la orientación sexual, identidad sexual, expresión de género y características sexuales de las mujeres.
2. Para este fin, se promoverá la investigación y el desarrollo de conocimientos y metodologías que permitan una mejor integración de dicho principio en el conjunto de las políticas públicas.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).