Disposición transitoria cuarta. Venta de perros, gatos y hurones en tiendas.
Redacción vigente desde el 29/09/2023
Las tiendas donde se comercialicen perros, gatos y hurones dispondrán de un plazo de 12 meses tras la entrada en vigor de esta ley para finalizar su actividad de venta de estas especies, periodo durante el cual no se aplicará lo recogido en el apartado primero del artículo 55 y el apartado primero del artículo 56.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).