Artículo 45. Notificaciones, citaciones, emplazamientos y demás actos de comunicación procesal.
Redacción vigente desde el 31/01/2008
1. Salvo lo que pueda disponerse expresamente por alguna ley, a todos los efectos procesales se fija como domicilio de la Administración de la Junta de Andalucía, incluyendo las Consejerías, órganos y entidades de cualquier índole a los que se refiere el apartado 1 del artículo 41 de la presente Ley, el de la sede del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.
2. Cuando las entidades mencionadas en el apartado 3 del artículo 41 de esta Ley sean representadas y defendidas por Letrados del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, se aplicará igualmente lo dispuesto en el apartado anterior.
3. Serán nulas las notificaciones, citaciones, emplazamientos y demás actos de comunicación procesal que no se practiquen con arreglo a lo dispuesto en este artículo.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
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