1. Las agencias son entidades con personalidad jurídica pública dependientes de la Administración de la Junta de Andalucía para la realización de actividades de la competencia de la Comunidad Autónoma en régimen de descentralización funcional.
2. Las agencias se clasifican en los siguientes tipos:
a) Agencias administrativas.
b) Agencias públicas empresariales.
c) Agencias de régimen especial.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
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