Los procedimientos de abstención y de recusación de autoridades y del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía serán resueltos por la persona titular del órgano jerárquico inmediatamente superior. Cuando el procedimiento afecte a los titulares de las Consejerías, la resolución corresponderá al Consejo de Gobierno, previo informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.