Disposición transitoria quinta. Plazo y sentido del silencio del informe de la Consejería competente en materia de agua previsto en el artículo 42.2.
Redacción vigente desde el 10/08/2010
El informe a que se refiere el artículo 42.2 tendrá carácter desfavorable si no se emite en el plazo de dos meses, hasta la entrada en vigor de dicho precepto conforme a lo establecido en la disposición final octava.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.