1. Las personas miembros de las Policías Locales tienen derecho a la progresión en la carrera profesional. Este derecho se ejercerá de acuerdo con los principios de igualdad, publicidad, mérito y capacidad.
2. El derecho a la carrera administrativa se instrumentaliza a través de la promoción, la provisión de puestos, las retribuciones, las condecoraciones, la formación y la evaluación del desempeño.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).