Disposición adicional quinta. Baremación de méritos en los concursos de méritos y en las comisiones de servicio.
Redacción vigente desde el 05/01/2023
La baremación de méritos necesaria para la provisión de puestos por el sistema de concurso de méritos y para la provisión temporal de puestos de Policía Local por el sistema de comisión de servicio, se realizará de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 46/2016, de 11 de agosto, por el que se establece el baremo de méritos aplicables los concursos para la provisión de puestos de trabajo por movilidad, y a la fase de concurso en los procesos de promoción interna que se articulen dentro de los Cuerpos de Policía Local de Cantabria, o por aquella otra norma que le sustituya.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).