Con las Autoridades, funcionarios, agentes y Jefes de fuerza armada que no estuvieren a las órdenes inmediatas de los Jueces y Tribunales se comunicarán éstos por medio de atentos oficios, a no ser que la urgencia del caso exija verificarlo verbalmente, haciéndolo constar en la causa.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.