La petición de extradición se hará en forma de suplicatorio dirigido al Ministro de Gracia y Justicia.
Se exceptúa el caso en que por el Tratado vigente con la nación en cuyo territorio se hallare el procesado pueda pedir directamente la extradición el Juez o Tribunal que conozca de la causa.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.