Quedan derogadas todas las Leyes, Reales Decretos, Reglamentos, Órdenes y Fueros anteriores en cuanto contengan reglas de enjuiciamiento criminal para los Jueces y Tribunales del fuero común.
Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior el Real Decreto de 20 de junio de 1852 y las demás disposiciones vigentes sobre el procedimiento por delitos de contrabando y defraudación.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.