Artículo 14. Plan Estratégico para la igualdad entre mujeres y hombres de Navarra.
Redacción vigente desde el 12/04/2019
1. Se elaborará el Plan Estratégico para la Igualdad entre mujeres y hombres de Navarra que establecerá los objetivos y medidas de carácter transversal que se deberán aplicar para garantizar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres en el ámbito territorial de la Comunidad Foral de Navarra.
2. El Instituto Navarro para la Igualdad/Nafarroako Berdintasunerako Institutua, con la colaboración de los correspondientes Departamentos y con la participación de las entidades locales, así como de los agentes sociales y económicos implicados y de las entidades, asociaciones y colectivos para la promoción de la igualdad y la defensa de los derechos de las mujeres de toda la Comunidad Foral de Navarra, es el órgano encargado de diseñar, coordinar e impulsar la elaboración del referido Plan Estratégico, así como de realizar su seguimiento y evaluación. En la elaboración del Plan deben considerarse las recomendaciones de la Comisión Interdepartamental para la Igualdad y las del Consejo Navarro de Igualdad.
3. El Plan Estratégico, cuya vigencia con carácter general será de 6 años, deberá contener, como mínimo, la información y previsiones siguientes:
a) El análisis o diagnóstico de la situación de igualdad entre mujeres y hombres en la sociedad navarra.
b) La definición de los objetivos generales y orientaciones estratégicas.
c) Las acciones que deben emprenderse y el orden de prioridad de las mismas.
d) Los métodos de seguimiento y evaluación adecuados.
e) Presupuesto.
4. El Gobierno de Navarra aprobará el Plan Estratégico para la Igualdad entre mujeres y hombres de Navarra, previo informe del Consejo Navarro de Igualdad, y lo remitirá al Parlamento de Navarra para su debate y aprobación final.
5. El Gobierno de Navarra impulsará, dando el apoyo necesario, la elaboración de medidas y planes de igualdad en las entidades locales. La elaboración de dichos planes debe contar con la participación de los agentes sociales y económicos implicados y de las entidades, asociaciones y colectivos de defensa de los derechos de las mujeres del ámbito territorial que corresponda.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).