Disposición final tercera. Afectaciones presupuestarias.
Redacción vigente desde el 12/04/2019
1. Los preceptos que eventualmente comporten gastos con cargo a los presupuestos generales de Navarra producen efectos a partir de la entrada en vigor de la ley foral de presupuestos correspondiente el ejercicio presupuestario inmediatamente posterior a la entrada en vigor de la presente ley foral.
2. Los presupuestos de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y de las Entidades Locales de Navarra deben consignar los recursos necesarios para garantizar los objetivos de esta ley foral.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).