La adquisición y pérdida de la condición de personal de las Policías de Navarra se regirá por lo establecido en el Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Navarra para la adquisición y pérdida de la condición de funcionario, sin perjuicio de lo que se dispone en esta ley foral para el personal en prácticas.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).