El desarrollo de las retribuciones complementarias enumeradas en los artículos anteriores, así como su asignación a los distintos empleos y unidades que integran la Policía Foral de Navarra, será llevado a cabo reglamentariamente.
En el caso de las Policías Locales, serán las entidades locales titulares de tales policías las que lleven a cabo ese desarrollo reglamentario.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).