Disposición transitoria primera. Aplicación de normas vigentes.
Redacción vigente desde el 21/11/2018
En tanto no sean aprobados los Reglamentos de desarrollo a los que se hace referencia en esta ley foral, continuarán siendo de aplicación los Reglamentos vigentes en la actualidad. En particular, el nuevo régimen de jornadas, horarios y retribuciones que resulte de la regulación contenida en esta ley foral será de aplicación a partir del 1 de enero de 2019, manteniendo su vigencia, entretanto, el Decreto Foral 79/2016, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de jornadas y retribuciones de la Policía Foral.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).