Los aprovechamientos de terrenos comunales de cultivo se realizarán en tres modalidades diferentes:
a) Aprovechamientos vecinales prioritarios.
b) Aprovechamientos vecinales de adjudicación directa.
c) Explotación directa por la Entidad local o adjudicación mediante subasta pública.
Las Entidades locales realizarán el proceso de adjudicación de los aprovechamientos de terrenos de cultivo, aplicando sucesivamente estas modalidades en el orden señalado.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.