A la recepción de las obras concurrirá el Presidente de la entidad o miembro de ésta en quien delegue, el Secretario de la entidad, el encargado de la dirección de las obras, y el contratista, acompañado, si lo estima conveniente, de su facultativo, y quien ejerciere las funciones de Intervención.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.