Son puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter foral los que tengan atribuida la responsabilidad administrativa de las funciones de Secretaría e Intervención descritas en los apartados a) y b) del punto 1 del artículo 234, en los términos y condiciones que se determinan en la presente Ley Foral.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.