1. (Anulado).
2. Tras la declaración de aptitud, el juez o magistrado vendrá obligado a participar en todos los concursos que se anuncien para cubrir plazas de su categoría hasta obtener destino. De no hacer lo así, se le declarará en situación de excedencia voluntaria por interés particular, quedando sin efecto la declaración de aptitud.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.