Disposición adicional primera. Puestos en la Administración policial.
Redacción vigente desde el 07/08/2020
El personal funcionario de la Ertzaintza podrá ocupar puestos de trabajo de la Administración policial, en los casos y con las condiciones que se determinen en las relaciones de puestos de trabajo, sin que el período de permanencia en ellos sea computable a efectos de consolidación del grado personal.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).