Disposición adicional quinta. Plan para la elaboración y registro del informe de evaluación del edificio.
Redacción vigente desde el 10/08/2026
El plazo máximo para la elaboración y registro del informe de evaluación del edificio, en función del año de construcción del edificio será el siguiente:
Anterior a 1901.
31 de diciembre de 2020.
De 1901 a 1950.
31 de diciembre de 2021.
De 1951 a 1971.
31 de diciembre de 2022.
A partir de 1972.
31 de diciembre del año siguiente al año en que el edificio cumpla 50 años.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.