Disposición adicional undécima. Fondo del Patrimonio Público del Suelo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
Redacción vigente desde el 16/04/2025
1. Los ingresos a los que se refieren los artículos 76 y 77 constituyen el Fondo del Patrimonio Público del Suelo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Este es el instrumento presupuestario que centraliza los créditos del presupuesto de gastos que se destinarán a los fines legalmente establecidos.
2. La gestión del fondo corresponderá a la consejería competente en materia de ordenación territorial y urbanística.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).