En el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de esta Ley, la Junta de Castilla y León, a propuesta de la Consejería competente en materia de Administración Local, establecerá por Decreto el régimen orgánico y de funcionamiento de los órganos de colaboración previstos en el título IX de esta Ley.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.