Disposición final segunda. Reglamentos municipales de los Cuerpos de policía local.
Redacción vigente desde el 01/04/2018
Los ayuntamientos deberán adaptar los respectivos reglamentos municipales de policía local al contenido de la presente Ley y a las normas marco de desarrollo de la misma en el plazo de un año desde la aprobación de éstas últimas.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.