Disposición adicional segunda. Supresión del Centro Superior de Información de la Defensa.
Redacción vigente desde el 07/05/2002
1. Queda suprimido el Centro Superior de Información de la Defensa.
2. El Centro Nacional de Inteligencia sucederá al Centro Superior de Información de la Defensa en el ejercicio de sus funciones y cometidos, quedando subrogado en la titularidad de los bienes, derechos y obligaciones del Estado afectos o constituidos en virtud de las mencionadas funciones y de su fondo documental.
3. Todas las referencias que contengan las disposiciones normativas vigentes al Centro Superior de Información de la Defensa, se entenderán hechas al Centro Nacional de Inteligencia.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.