La Administración de la Junta de Andalucía dispondrá las medidas oportunas para la creación de un órgano específico de asesoramiento, consulta y estudio para el mejor cumplimiento de lo preceptuado en la presente Ley.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).