Disposición derogatoria primera. Tabla de vigencias.
Redacción vigente desde el 20/01/2006
Se declaran vigentes en lo que no se opongan a la presente Ley:
a) La Orden de 7 de abril de 1995, del Departamento de Presidencia y Relaciones Institucionales, que regula las discotecas juveniles.
b) El Decreto 81/1999, de 8 de junio, de normas sobre la ordenación de bares, restaurantes, cafeterías y establecimientos con música, espectáculo y baile.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).