Artículo 90. Comisión de seguimiento del Plan Integral de atención a la infancia y la adolescencia.
Redacción vigente desde el 09/08/2001
Para el análisis del desarrollo del Plan, así como para la presentación de iniciativas y sugerencias en el ámbito de la infancia y la adolescencia, se constituirá la Comisión de seguimiento del Plan Integral de atención a la infancia y la adolescencia, cuya composición y funciones se determinarán reglamentariamente.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).