1. Se somete a comunicación ambiental autonómica el ejercicio de las actividades incluidas en el anexo II bis de la presente ley.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, en ningún caso estarán sometidas a comunicación ambiental autonómica las actividades sujetas a autorización ambiental integrada, a autorización ambiental unificada o a comunicación ambiental municipal.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.