A los efectos de esta ley, y sin perjuicio de las competencias propias de los ayuntamientos, la coordinación tiene como objetivos:
a) Adecuar la formación, organización, dotación y actuación de las policías locales a los cometidos que tienen legalmente asignados en materia de seguridad pública.
b) Garantizar la homogeneidad de sus recursos personales, técnicos y materiales.
c) Mejorar su profesionalidad, eficacia y eficiencia.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.