Disposición final tercera. Modificaciones de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres.
Redacción vigente desde el 24/05/2015
1. Se modifica el apartado primero del artículo 42 bis de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres, quedando redactado como sigue:
2. Se modifica el artículo 42 ter de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres, quedando redactado como sigue:
3. Se modifica el artículo 43 de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres, quedando redactado como sigue:
4. Se modifica el artículo 44 de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres, quedando redactado como sigue:
5. Se modifica el artículo 46 de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres, quedando redactado como sigue:
6. Se modifica el artículo 46 bis de la Ley 7/2004, de 16 de julio, gallega para la igualdad de mujeres y hombres, quedando redactado como sigue:
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.