Disposición transitoria décima. Registro de las ECCOM.
Redacción vigente desde el 01/01/2025
En tanto no se desarrolle reglamentariamente el Registro de Entidades de Certificación de Conformidad Municipal de la Comunidad Autónoma de Galicia previsto en el artículo 48 de la Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia, se aplicará el régimen establecido en el Decreto 144/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento único de regulación integrada de actividades económicas y apertura de establecimientos.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.