1. Las Administraciones públicas cooperarán y colaborarán en materia de conservación del patrimonio natural, la biodiversidad y la geodiversidad, y se suministrarán mutuamente información para garantizar el cumplimiento de los objetivos de esta ley.
2. El Consejo Asesor de Medio Ambiente de La Rioja es el órgano consultivo y de cooperación entre Administraciones y con actores sociales, sin perjuicio de que se puedan crear entidades ad hoc para asegurar la cooperación.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.