Disposición adicional segunda. Registro Riojano de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial.
Redacción vigente desde el 26/05/2025
El Registro Riojano de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial podrá estar formado por las especies presentes en La Rioja incluidas en el Listado Español de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial, incluyendo el Catálogo Español de Especies Silvestres Amenazadas, así como por aquellas incluidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de la Flora y Fauna Silvestre de La Rioja regulado por el Decreto 59/1998, de 9 de octubre, hasta la entrada en vigor de esta ley. Tanto el Registro Riojano de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial como el Catálogo Riojano de Especies Amenazadas se incluyen en el anexo de la presente ley.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.